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Conoce el Bono de Navidad de Puerto Rico

Jueves, 1 de octubre 2020, iniciamos la temporada de envio del reporte del Bono de Navidad y todo patrono tiene derecho a solicitar una dispensa al Departamento del Trabajo para el pago del Bono de Navidad (Relevo del Pago del Bono de Navidad), siempre y cuando cumpla con los siguientes requisitos:

  • El negocio se encuentre en pérdidas durante el periodo que comprende del 1 de octubre 2019 al 30 de septiembre 2020.
  • Someta al Departamento del Trabajo los estados financieros copilados, revisados o auditados por un CPA en o antes del 30 de noviembre de 2020.
  • El cumplir con los requisitos no garantiza la aprobación total o parcial de la dispensa para el pago del bono de Navidad.

El estado financiero requerido por el Departamento del Trabajo es un estado que debe estar debidamente certificado, firmado y sellado por un CPA.  Esto es un trabajo aparte, que no está incluido dentro los servicios de alchavo.com.  AFS – CPA Group puede hacer un estado compilado siempre y cuando sea cliente de contabilidad de alchavo.com. 

Sabemos la ansiedad que el pago del Bono de Navidad pueda causar en tiempos de Pandemia. Le invitamos a un Webinar dedicado al tema del Bono de Navidad desde la perspectiva laboral con el reconocido Abogado Laboral el Lcdo. Reynaldo Quintana.

Conoce el Bono de Navidad de Puerto Rico

Para más información visita: https://www.alchavo.com/ o llámanos al 787-653-5373