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COVID – 19: Otorgación de Incentivos Económicos

Procedimiento para la Otorgación del Incentivo

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Mensaje en la página de inicio de SURI.

El Incentivo será pagado al Individuo Elegible únicamente mediante depósito directo.  Por tanto, según establecido en la Parte II-A de esta Carta Circular, el Individuo Elegible debe confirmar, a partir de lunes, 30 de marzo de 2020 y no más tarde de viernes, 1 de mayo de 2020, la información de la cuenta bancaria en donde se le depositará dicho incentivo.  A estos fines, todo Individuo Elegible al entrar en su cuenta en SURI verá un enlace para someter la información de la cuenta bancaria a la cual desea recibir el Incentivo. Para acceder al enlace, deberá seguir los pasos que se indican a continuación:

  1. Acceda su cuenta en SURI.
  2. En la sección Alertas, seleccione el enlace Incentivo Económico.
  3. Complete la información bancaria requerida y oprima Someter.

Todo Individuo Elegible que complete la información de la cuenta bancaria dentro el periodo descrito en el párrafo anterior recibirá automáticamente el Incentivo a su cuenta.

​Lo más importante es que el registro comerciante este activo, sino tiene que renovarlo lo antes posible.

El periódico El Nuevo Día, también compartió los pasos a seguir para solicitar el estipendio de los $500.00.

https://www.elnuevodia.com/negocios/finanzas/nota/apartirdellunesquienestrabajenporsucuentapuedenreclamarelestipendiode500porelcoronavirus-2556306/

Descarga la carta circular 20-21:  cc_ri_20-21_incentivo_de_500_a_comerciantes_individuos_por_cuenta_propia_v_3-26-2020_final_1